Según información de Europa-Press del pasado día 7 de abril, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona ha presentado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el que solicita que este órgano aclare cuál debe ser el umbral de gravedad de los delitos investigados en una causa para que el juez pueda ordenar medidas de intervención de las comunicaciones, en particular en el caso de uso de red de telefonía.
La cuestión, que tiene fecha de 6 de abril, parte de la investigación por el Juzgado de Instrucción número 3 de Tarragona de un caso de robo con violencia e incide en la reforma introducida en la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.
En concreto, se solicita que el Tribunal Europeo que aclare si la gravedad de los delitos, como criterio que justifica la injerencia en los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 7 y 8 de la Carta de Derechos (artículo 18 CE y actuales artículos 588 a y 579.1 LeCrim), puede identificarse exclusivamente en atención a la pena que pueda imponerse al delito que se investiga o es necesario, además, identificar en la conducta delictiva otras circunstancias o marcadores de lesividad.
Igualmente, se pide al TJUE que aclare cuál habría de ser el umbral mínimo de la pena imponible a tal efecto.