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https://www.boe.es/boe/dias/2015/11/25/pdfs/BOE-A-2015-12736.pdf

Se ha publicado en el BOE del 25 de noviembre de 2015 el mencionado Acuerdo, hecho en Bruselas el 25 de mayo de 2011, después de haberse notificado el consentimiento de cada Estado miembro al Secretario General del Consejo de la Unión Europea, tras la tramitación y aprobación, según el procedimiento interno de cada Estado, y entra en vigor de forma general y para España el 1 de diciembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 del propio Acuerdo, ya que según la tabla de consentimientos de cada país, que aparece en el anexo, Irlanda fue el último Estado en manifestar dicho consentimiento y lo hizo el 6 de octubre de 2015.

Los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea, reunidos en el seno del Consejo, reconocen que una relación y una cooperación plenas y efectivas pueden exigir que se intercambien entre ellos información clasificada en interés de la Unión Europea, y entre ellos y las instituciones de la Unión Europea o las agencias, órganos u organismos creados por dichas instituciones. Comparten el deseo común de contribuir a la creación de un marco general coherente y extenso para la protección de la información clasificada que se origine en interés de la Unión Europea, en las instituciones de la Unión Europea, o en las agencias, órganos u organismos creados por dichas instituciones, o que se haya recibido de terceros Estados u organizaciones internacionales en dicho contexto. y son conscientes de que el acceso a la citada información clasificada y su intercambio requieren medidas de seguridad apropiadas para la protección de la misma.